REQUISITOS PARA CURSAR FORMACIÓN
PROFESIONAL ESPECÍFICA DE GRADO MEDIO
ACCESO DIRECTO A LOS CICLOS FORMATIVOSEl requisito académico que da acceso directo para cursar ciclos formativos de grado medio es estar en posesión
del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
También podrán hacerlo quienes acrediten:
• Estar en posesión del título de Técnico Auxiliar.
• Estar en posesión del título de Técnico.
• Haber superado en segundo curso de Bachillerato Unificado y Polivalente.
• Haber superado el segundo curso del primer ciclo experimental de la reforma de las enseñanzas medias.
• Haber superado, de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos, el tercer curso del Plan de 1963
o segundo de comunes experimental.
• Haber superado otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores.
ACCESO MEDIANTE PRUEBA PARA CURSAR CICLOS FORMATIVOSPodrán concurrir a la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio, los aspirantes que no poseyendo
los requisitos académicos para el acceso directo, cumplan alguna de las siguientes condiciones:
a) Tener, como mínimo, diecisiete años de edad, o cumplirlos durante el año natural en el que se realiza la
prueba.
b) Acreditar, al menos, un año de experiencia laboral, en el momento de inscripción a la prueba.
c) Haber superado un Programa de Iniciación Profesional (Garantía Social), antes de la fecha de realización
de la prueba de acceso.
La prueba de acceso a la formación profesional de grado medio deberá acreditar que el alumno posee los
conocimientos suficientes para cursar con aprovechamiento dichas enseñanzas y sus capacidades en relación
con el campo profesional de que se trate.Esta prueba constará de dos partes:
a) La parte general, que versará sobre contenidos de los ámbitos de conocimiento social y lingüístico, científico
y matemático y lengua extranjera, establecidos en el Real Decreto 831/2003, de 27 de junio, por el que se
establece la ordenación general y las enseñanzas comunes de la Educación Secundaria Obligatoria.b) La parte específica, que versará sobre contenidos técnicos, científicos y sociales, relacionados con el campo
profesional del ciclo al que se desee acceder.En el proceso de admisión a ciclos formativos de Formación Profesional Específica, quienes hayan superado la
prueba de acceso, podrán optar a la reserva de al menos el 20% de las plazas disponibles del ciclo formativo
en el que realicen la preinscripción, en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma
de la Región de Murcia.
REQUISITOS PARA CURSAR FORMACIÓN
PROFESIONAL ESPECÍFICA DE GRADO SUPERIOR
ACCESO DIRECTO A LOS CICLOS FORMATIVOSEl requisito académico que da acceso directo para cursar ciclos formativos de grado superior es estar en
posesión del título de Bachiller.
También podrán hacerlo quienes acrediten:
• Estar en posesión del título de Técnico Especialista, Técnico Superior o equivalente a efectos académicos.
• Estar en posesión de una titulación universitaria o equivalente.
• Haber superado en segundo curso de cualquier modalidad de Bachillerato.
• Haber superado el Curso de Orientación Universitaria.
ACCESO MEDIANTE PRUEBA PARA CURSAR CICLOS FORMATIVOSPodrán concurrir a la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior, los aspirantes que no poseyendo
los requisitos académicos para el acceso directo, cumplan alguna de las siguientes condiciones:a) Tener, como mínimo, diecinueve años de edad, o cumplirlos durante el año natural en el que se realiza la prueba.
b) Tener dieciocho años, o cumplirlos durante el año natural en el que se realiza la prueba, y estar en posesión
de título de Técnico, siempre que el ciclo formativo de grado medio superado y el de grado superior al que
se desea acceder pertenezcan a la misma Familia Profesional.La prueba de acceso a la formación profesional de grado superior deberá acreditar que el alumno posee la
madurez en relación con los objetivos del Bachillerato y sus capacidades referentes al campo profesional de
que se trate.Esta prueba constará de dos partes:
a) La parte general, que versará sobre contenidos de las asignaturas comunes y de la modalidad correspondiente,
reguladas en el Real Decreto 832/2003, de 27 de junio, por el que se establece la ordenación general y las
enseñanzas comunes del Bachillerato.
b) La parte específica, que versará sobre capacidades que se adquieren en los ciclos formativos de grado medio
o mediante experiencia laboral en el sector correspondiente.En el proceso de admisión a ciclos formativos de Formación Profesional Específica, quienes hayan superado la
prueba de acceso, podrán optar a la reserva de al menos el 20% de las plazas disponibles del ciclo formativo
en el que realicen la preinscripción, en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma
de la Región de Murcia.